Ley 4/2017 Art. 2
TÍTULO I
Artículo 2. Adscripción orgánica.
1. La AVSRE queda adscrita orgánicamente al departamento del Consell con competencias en materia de seguridad y gestión de las emergencias, a través de la secretaría autonómica con atribuciones en estas materias, la cual ejercerá las facultades que le atribuyan esta ley y el resto del ordenamiento jurídico.
2. Corresponderá al departamento del Consell con competencias en materia de seguridad y gestión de las emergencias la fijación de las políticas públicas autonómicas en estas materias.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2020-01-01