Ley 5/2017 Art. 69
TÍTULO X
Artículo 69. Funciones.
El Consejo Asesor ejerce las siguientes funciones:
1. Asesorar al Consell y a su administración en las materias de pesca y acuicultura, en todos los asuntos que le sean sometidos por el conseller o consellera competente en materia de pesca marítima y acuicultura.
2. Informar los proyectos de disposiciones legislativas y reglamentarias en materia de pesca y acuicultura.