Resolución de 21 de marzo de 2017 Art. 5
5. Solicitudes. Documentación que deberá presentarse
5.1 Las solicitudes de reconocimiento deberá presentarse, con carácter general al menos tres meses antes de la fecha prevista de inicio del concurso, e irá dirigida a la Dirección General de la Industria Alimentaria del MAPAMA.
Podrán establecerse excepciones fundamentadas para el caso de solicitudes referidas al año 2017.
5.2 Dichas solicitudes deberán incluir el nombre y dirección de la entidad organizadora, las bases del concurso, que describirá, como mínimo, el ámbito del concurso, fecha y lugar de celebración, los tipos de vino que pueden concurrir, la composición y características del jurado, con indicación de sus miembros, copia de la ficha de cata, número de distinciones y procedimiento de concesión, procedimiento de toma de muestras y seguimiento de los vinos premiados, así como un memoria de la celebración de la anterior edición del concurso.