Ley 1/2017 Art. 5
Artículo 5. Órganos jurisdiccionales españoles competentes.
Son competentes para conocer de la acción de restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal de un Estado miembro de la Unión Europea y que se hallen en territorio español los órganos del orden jurisdiccional civil, de acuerdo con lo que establezcan las leyes procesales y civiles.