Ley 5/2017 Art. 22
Sección primera
Artículo 22. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente capítulo tiene por objeto la regulación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
2. El impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos es exigible en todo el territorio de Cataluña.