Ley 5/2017 Art. 5
Sección primera
Artículo 5. Objeto y ámbito de aplicación.
1. El presente capítulo tiene por objeto la regulación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales, que se define como un impuesto ambiental.
2. El impuesto sobre grandes establecimientos comerciales es exigible en todo el territorio de Cataluña.