Ley 5/2017 Art. 7
PARTE FINAL
Disposición adicional 7. Control y fiscalización de las grandes inversiones de la Generalidad.
Los órganos de control financiero de la Administración de la Generalidad deben emitir en el plazo de un año un informe extraordinario de control financiero sobre la ejecución de los contratos vigentes para la construcción y la explotación de la línea 9 del metro de Barcelona y del canal Segarra-Garrigues. El Gobierno debe rendir cuentas al Parlamento del resultado de estos informes.