Ley 5/2017 Art. 83
Sección séptima
Artículo 83. Desarrollo y aplicación del impuesto.
1. Mediante la ley de presupuestos de la Generalidad pueden modificarse los elementos de cuantificación del impuesto.
2. En la aplicación del impuesto rige supletoriamente la legislación general tributaria aplicable en Cataluña y las normas complementarias que la desarrollan.