Orden CUD/769/2018 Art. 38
Sección 2
Artículo 38. Resolución y pago de las ayudas.
1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de cuatro meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. Las ayudas se harán efectivas mediante un único pago, una vez efectuada la entrega de la copia de la película.