Orden CUD/769/2018 Art. 68
CAPÍTULO IX
Artículo 68. Resolución y pago de las ayudas.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 4 meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
2. La ayuda se hará efectiva mediante un único pago tras la notificación de la resolución de concesión.