Ley 2/2018 · Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.
Ley 2/2018 Art. 44
Sección 2
Artículo 44. Plazo de las concesiones.
1. Para la fijación de plazo de la concesión se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Vinculación del objeto de la concesión a la actividad portuaria.
b) Disponibilidad de espacio de dominio público portuario.
c) Volumen de inversión, y estudio económico-financiero.
d) Plazo de ejecución de las obras contenidas en el proyecto.
e) Adecuación a la planificación y gestión portuarias.
f) Incremento de actividad que genere en el puerto.
g) Vida útil de la inversión a realizar por el concesionario.
2. Estos criterios podrán desarrollarse y concretarse, en el caso de determinados tipos de usos, mediante normas reglamentarias.