Ley 7/2018 Art. 32
CAPÍTULO III
Artículo 32. Buenas prácticas.
La comunidad autónoma de las Illes Balears promoverá actuaciones de intercambio de buenas prácticas en el ámbito de la seguridad y la salud laboral.
CAPÍTULO III
Artículo 32. Buenas prácticas.
La comunidad autónoma de las Illes Balears promoverá actuaciones de intercambio de buenas prácticas en el ámbito de la seguridad y la salud laboral.