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Orden DEF/99/2018 · Orden DEF/99/2018, de 5 de febrero, por la que se regula el procedimiento que permite a los militares de carrera participar en las provisiones de puestos de trabajo en la Administración Civil.

Orden DEF/99/2018 Art. 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Requisitos generales.

El personal militar que desee participar en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo de la Administración civil deberá contar con la autorización previa del Subsecretario de Defensa y cumplir los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación administrativa de «Servicio activo», «Servicio en la Administración civil» o «Excedencia por razón de violencia de género».

b) Contar con, al menos, veinte años de tiempo de servicios, cuyo computo se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por Real Decreto 1111//2015, de 11 de diciembre.

c) Haber cumplido los tiempos de servicio efectivos desde la finalización de los cursos de enseñanza militar de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional regulados en el artículo 36.6 del Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales, aprobado por Real Decreto 1111/2015, de 11 de diciembre.

d) No tener incoado un procedimiento judicial, expediente disciplinario o procedimiento penal, ni estar cumpliendo una sanción impuesta como resultado de su resolución.

e) No haber sido declarado no apto para el ascenso con carácter definitivo.

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