Ley 21/2018 · Ley 21/2018, de 16 de octubre, de mancomunidades de la Comunitat Valenciana.
Ley 21/2018 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Concepto y naturaleza jurídica de las mancomunidades.
1. Las mancomunidades son asociaciones voluntarias de municipios que se constituyen para gestionar o ejecutar planes, realizar proyectos y obras o prestar servicios de su competencia a los ciudadanos, acercándoles la administración y potenciando un desarrollo social y económico sostenible, equilibrado e igualitario de estos municipios y sus respectivos territorios.
2. Las mancomunidades son entidades locales territoriales y, para el cumplimiento de los fines que les son propios, tienen personalidad jurídica y capacidad de obrar plena e independiente de la de los municipios que las integran.
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