Ley 10/2017 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. El término municipal y su alteración.
El municipio de Zaragoza ejerce sus competencias en su término municipal, cuya alteración corresponde al Gobierno de Aragón de acuerdo con el procedimiento establecido en la legislación de régimen local, sin perjuicio de las competencias municipales en cuanto a su delimitación y modificación.