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Real Decreto 50/2018 · Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor.

Real Decreto 50/2018 Art. 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. El presente real decreto será de aplicación a todas las modalidades cinegéticas de caza mayor colectiva, en adelante cacerías, que se celebren en todo el territorio nacional, entendiéndose como tales aquéllas en las que el número de puestos es superior a 40 o el número de piezas abatidas es superior a 20 por jornada de caza.

2. La autoridad competente en materia de sanidad animal podrá extender el ámbito de aplicación del presente real decreto a otras modalidades de caza mayor, independientemente del número de piezas cazadas o el número de puestos, en las comarcas de especial riesgo sanitario a las que se refiere el artículo 8.