Ley 20/2017 · Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Ley 20/2017 Art. 26
CAPÍTULO III
Artículo 26. 3-2 Devengo y exigibilidad.
1. El devengo se producirá en el momento en que se inicie el procedimiento.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.
Änderungsgeschichte
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