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Orden APM/237/2018 · Orden APM/237/2018, de 27 de febrero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Calasparra".

Orden APM/237/2018 Art. 3

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Ámbito territorial.

El Consejo Regulador tiene como ámbito territorial la zona geográfica de producción de los arroces amparados por la DOP «Calasparra» delimitada en el Pliego de Condiciones, constituida por los terrenos regados por los ríos Segura y su afluente, el Mundo, ubicados en los términos municipales de Calasparra y Moratalla, en la Región de Murcia, y de Hellín en la provincia de Albacete, en la Comunidad de Castilla-La Mancha.