Real Decreto 1081/2017 Art. 6
Artículo 6. Colaboración externa.
La Oficina podrá contar con el asesoramiento cualificado en determinadas disciplinas, si así se estima necesario. En particular, podrá solicitar la colaboración, en las materias propias de sus respectivas competencias, de la Comisión General de Codificación, a través del Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, Vicepresidente de la Comisión General de Codificación; del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, a través de su Director; y de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado. Esta colaboración externa tendrá carácter auxiliar o de apoyo en la elaboración de los informes y del resto de actuaciones que corresponden a la Oficina.