Orden PRA/10/2018 Art. 5
Artículo 5. Petición de información.
Para el ejercicio de sus funciones, la CMAD del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales podrá recabar cuanta información estime precisa de todas las unidades y organismos públicos del Ministerio, que vendrán obligados a facilitarla, de acuerdo con la legislación vigente.