Ley 1/2018 · Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.
Ley 1/2018 Art. 49
TÍTULO IV
Artículo 49. Graduación de las sanciones.
En la graduación de las sanciones se tendrán en cuenta los criterios recogidos en la legislación básica estatal sobre régimen jurídico del sector público, así como la existencia de perjuicios para el interés público y, en su caso, los daños económicos o patrimoniales producidos.