Ley Foral 2/2018 · Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
Ley Foral 2/2018 Art. 178
Sección 1
Artículo 178. Extinción de la concesión.
La concesión se entenderá extinguida por cumplimiento cuando transcurra el plazo inicialmente establecido o, en su caso, el resultante de las prórrogas o reducciones que se hubiesen acordado.