Ley 1/2018 Art. 33
CAPÍTULO I
Artículo 33. Escalas y categorías.
1. Los Cuerpos de policía local se estructurarán en las siguientes escalas y categorías:
a) Escala técnica, que comprende las categorías siguientes:
1.º Comisario o Comisaria General.
2. o Comisario o Comisaria Principal.
3. o Comisario o Comisaria.
Las categorías de Comisario o Comisaria General, Comisario o Comisaria Principal y Comisario o Comisaria se clasifican en el Subgrupo A1.
b) Escala ejecutiva, que comprende las categorías siguientes:
1.º Inspector o Inspectora.
2.º Subinspector o Subinspectora.
Las categorías de Inspector o Inspectora y Subinspector o Subinspectora se clasifican en el Subgrupo A-2.
c) Escala básica, que comprenden las siguientes categorías:
1.º Oficial.
2.º Policía.
Las categorías de Oficial y Policía se clasifican en el Subgrupo C-1.
2. El acceso para cada una de las escalas exigirá estar en posesión de la titulación requerida para los subgrupos correspondientes por la vigente legislación sobre Función pública.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2022-12-23