Ley Foral 5/2018 Art. 63
TÍTULO VI
Artículo 63. Consejo de Transparencia de Navarra.
1. El Consejo de Transparencia de Navarra, como órgano independiente destinado a promover la transparencia en la Comunidad Foral de Navarra, velará por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y garantizará el derecho de acceso a la información pública.
2. El Consejo de Transparencia de Navarra ejercerá las funciones que la presente ley foral le atribuye, actuando con objetividad, profesionalidad, sometimiento al ordenamiento jurídico, autonomía y plena independencia, y se adscribirá orgánicamente al departamento competente en materia de transparencia.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2026-04-08