Ley Foral 7/2018 Art. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Funciones.
1. Son funciones de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra:
a) La función de prevención.
b) La función de investigación.
c) La función de evaluación.
d) La función de protección.
e) La función de regulación y supervisión de la contratación pública.