Ley 2/2018 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente ley tiene por objeto garantizar la gratuidad de los libros de texto a todo el alumnado que curse las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2. La implantación del programa de gratuidad de libros de texto en las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos formativos de grado básico y Educación Especial en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tendrá carácter progresivo, debiendo quedar totalmente implantado en las citadas enseñanzas para el curso 2025-2026.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2021-06-26