Ley 15/2018 Art. 44
CAPÍTULO III
Artículo 44. Concepto.
1. Se consideran instrumentos de gestión las actuaciones singulares y sistemas de trabajo promovidos por el Consell a través de Turisme Comunitat Valenciana, orientados a mejorar la competitividad turística y a propiciar una gestión más eficiente de la actividad.
2. Los instrumentos de gestión estarán orientados al impulso de la rentabilidad de las empresas y destinos de la Comunitat Valenciana, a la formación de los profesionales del sector, al fomento del conocimiento turístico a través de la I+D+I y del análisis estadístico y al impulso de la calidad turística.