Ley Foral 14/2018 · Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.
Ley Foral 14/2018 Art. 32
CAPÍTULO I
Artículo 32. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible del impuesto:
1. La entrega de residuos para su eliminación en vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, situados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
2. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de incineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
3. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2022-12-31