Real Decreto 815/2018 Art. 21
CAPÍTULO V
Artículo 21. Régimen sancionador en materia de clasificación, pesaje y marcado de canales.
El régimen de infracciones y sanciones será el establecido en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, y en el artículo 47.g) del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, así como en la disposición adicional primera de la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria, en cuanto a la cuantía de las sanciones y las sanciones accesorias, salvo en las comunidades autónomas que dispongan de régimen sancionador específico, en las que se aplicará dicho régimen.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2025-02-22