Ley 5/2018 · Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.
Ley 5/2018 Art. 9
TÍTULO II
Artículo 9. Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI).
1. La entidad pública empresarial Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), como organismo público creado bajo la dependencia o vinculación de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, puede llevar a cabo actividades de ejecución y de gestión en materia de vivienda, tanto administrativas como de contenido económico, en régimen de descentralización funcional.
2. Las funciones y las competencias de esta entidad se establecerán legal o reglamentariamente.
3. En el marco de las competencias propias de los consejos insulares y de los ayuntamientos, el IBAVI puede concertar los instrumentos de colaboración o cooperación que prevé la legislación, especialmente convenios de colaboración y planes y programas conjuntos.