Ley 9/2018 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ley se aplicará a todos los servicios e infraestructuras complementarias al transporte público urbano e interurbano de viajeros por carretera que son competencia de la Comunidad Autónoma o de las entidades locales de Castilla y León.