Circular 5/2019 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Contenido y formato detallado para el seguimiento de los planes de inversión.
Previo trámite de audiencia, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecerá mediante resolución el contenido y formato en el que se deberá presentar la información para el seguimiento de los planes de inversión anuales de las empresas propietarias de instalaciones de transporte.