Ley 1/2019 · Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias.
Ley 1/2019 Art. 82
Sección 1
Artículo 82. Potestad disciplinaria.
La potestad disciplinaria atribuye a sus titulares legítimos la facultad de investigar y, en su caso, sancionar o corregir a las personas o entidades sometidas a la disciplina deportiva, según sus respectivas competencias.