Ley 6/2019 · Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.
Ley 6/2019 Art. 49
CAPÍTULO VII
Artículo 49. Ejercicio del derecho.
El derecho a la representación, consulta y participación de las personas consumidoras en los asuntos que les puedan afectar será ejercido por las asociaciones de personas consumidoras y por el Consejo de Consumo de Extremadura.