Ley 6/2018 Art. 4
CAPÍTULO PRELIMINAR
Artículo 4. Potestades administrativas generales.
Para el ejercicio de sus funciones, corresponden al SEMCA las siguientes potestades administrativas:
a) La potestad organizatoria.
b) La potestad de planificación.
c) La potestad de ejecución forzosa de sus actos.
d) Las potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.