Orden PCI/361/2019 Art. 13
CAPÍTULO III
Artículo 13. Recursos.
1. Contra las resoluciones relativas a anotaciones o sus denegaciones en el expediente académico, cabe interponer recurso de alzada ante el Jefe del Mando de Personal de la Guardia Civil, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Contra la resolución del recurso de alzada, que pondrá fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que procedan de acuerdo con la jurisdicción contencioso-administrativa.