Real Decreto 242/2019 Art. 3
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 3. Tipos de puestos para el personal dependiente del Ministerio de Justicia en el exterior.
1. Los puestos del Ministerio de Justicia en el exterior, adscritos a la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, Relaciones con las Confesiones y Derechos Humanos, se clasifican en Magistraturas de enlace y en Consejerías de Justicia.
2. A través de las relaciones de puestos de trabajo se podrán crear puestos de trabajo para el desempeño de funciones de apoyo administrativo a los puestos mencionados en el apartado anterior, que se regirán por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o por el Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en su caso.