Real Decreto 262/2019 Art. 2
Sección 1
Artículo 2. Dependencia.
1. Las Consejerías y Agregadurías de Agricultura, Pesca y Alimentación dependen orgánica y funcionalmente de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios, manteniendo, en todo caso, una dependencia jerárquica del Embajador.
2. Corresponderá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios, definir las acciones y programas de actuación, su organización interna y dotación presupuestaria, así como su inspección técnica y su control.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2025-05-22