Ley 11/2019 Art. 28
CAPÍTULO IV
Artículo 28. Procedimiento.
El procedimiento aplicable para el ejercicio de la potestad sancionadora regulada en la presente ley será el dispuesto en la normativa que regule el procedimiento sancionador común de la Comunidad de Castilla y León y en su defecto el previsto en la normativa estatal.