Ley 25/2018 Art. 32
TÍTULO V
Artículo 32. Procedimiento sancionador.
El procedimiento para la imposición de las sanciones previstas en el artículo anterior será el previsto para el régimen disciplinario funcionarial, estatutario o laboral que en cada caso resulte aplicable. En el resto de casos se seguirá lo dispuesto en la normativa reguladora del ejercicio de la potestad sancionadora.