Ley 16/2018 · Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.
Ley 16/2018 Art. 32
CAPÍTULO IV
Artículo 32. Centros de tecnificación deportiva.
1. Para el cumplimiento del fin previsto en el artículo anterior se crearán centros de tecnificación deportiva, que podrán incorporarse a la red estatal. Para la gestión y puesta en funcionamiento de estos centros, el Gobierno de Aragón podrá acordar convenios con otras Administraciones públicas, federaciones deportivas, otras entidades deportivas y universidades.
2. Su régimen de organización y funcionamiento se regulará reglamentariamente.