Ley 16/2018 · Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.
Ley 16/2018 Art. 67
CAPÍTULO III
Artículo 67. Garantías de uso para todas las personas.
Se garantizará que las instalaciones son adecuadas para acoger las distintas diversidades sexuales e identitarias, garantizando la integridad, dignidad y seguridad de las personas usuarias de las instalaciones, y salvaguardando los márgenes de privacidad necesarios para impedir el detrimento de los derechos fundamentales de las personas a causa de sus diferencias en lo que se refiere a identidad o expresión de género, para que todas las personas puedan hacer uso libremente de las instalaciones en igualdad.