Real Decreto 138/2020 Art. 13
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden, que pudieran concurrir.