Circular 6/2020 Art. 13
CAPÍTULO II
Artículo 13. Peaje de transporte basado en volumen.
1. El peaje de transporte basado en volumen será único y se aplicará a todas las entradas y salidas de la red de transporte.
2. El peaje de transporte basado en volumen resulta del cociente entre la retribución asociada al gas de operación y la suma de los volúmenes de entrada y salida previstos para el periodo tarifario correspondiente.
3. En el anexo I se detalla la metodología aplicable para calcular los peajes de transporte basados en volumen.