Decreto-ley 13/2021 Art. 13
CAPÍTULO 2
Artículo 13. Régimen de funcionamiento de la Comisión.
La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña tiene que elaborar una propuesta de reglamento interno que se deberá aprobar por mayoría de dos tercios de sus miembros y ser autorizada por el departamento competente en materia de salud. Hasta que no disponga de su propio reglamento, el funcionamiento de la Comisión se tiene que ajustar a las reglas previstas en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, y al capítulo II del título I de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña. En todo caso, esta normativa es de aplicación supletoria al reglamento interno.