Orden APA/236/2021 Art. 13
Artículo 13. Incumplimiento.
1. El incumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión del premio, recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con independencia de otras responsabilidades en que hubiera podido incurrir el beneficiario, dará lugar a la pérdida del derecho a ser considerado beneficiario del mismo.
2. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, así como a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago del premio, en los demás supuestos contemplados en el artículo 37.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre.