Orden TES/388/2022 Art. 13
Artículo 13. Consulta al registro por parte de los interesados y obtención de certificados de poderes registrados.
Los interesados podrán consultar de forma electrónica los datos relativos a la inscripción, contenido y vigencia del poder o poderes inscritos en los que figuren como poderdantes o apoderados, así como obtener certificados de los apoderamientos inscritos en el Registro.