Resolución de 20 de diciembre de 2021 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Órganos consultivos colegiados.
1. Son órganos consultivos colegiados:
– La Comisión Técnica.
– La Comisión Consultiva.
2. Los órganos consultivos colegiados estarán integrados por los miembros que se establecen en su normativa reguladora y se someten al régimen competencial y de funcionamiento que en las mismas se establezca