Ley 11/2023 Art. 39
Subsección 1
Artículo 39. Responsabilidad social y reserva legal de empleo.
1. El diseño de los servicios públicos reflejado en los pliegos de prescripciones técnicas deberá procurar el respeto del principio de diseño para todos, encaminado a la accesibilidad universal a los servicios.
2. Los órganos de contratación de los sectores públicos autonómico y local exigirán durante la vigencia del contrato que las empresas licitadoras acrediten el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas.