Ley 1/2023 Art. 13
CAPÍTULO IV
Artículo 13. Consejo de administración.
El consejo de administración es el órgano colegiado de dirección, planificación, control y supervisión de la actividad de la Agencia.
CAPÍTULO IV
Artículo 13. Consejo de administración.
El consejo de administración es el órgano colegiado de dirección, planificación, control y supervisión de la actividad de la Agencia.